18 de marzo de 2010

DERECHOS HUMANOS Y PERTINENCIA CULTURAL


El enfoque de derechos humanos y la pertinencia cultural se enmarcan dentro de la transversalización del programa Oxlajuj T´zikin, y se integran en los diferentes componentes y lineas de acción, entendiendo que los bienes y valores culturales de un pueblo, son la expresión de su nacionalidad o identidad.

Esta identidad a su vez, esta formada por la tradición, hábitos y costumbres, los cuales no se entienden desligados de la defensa y promoción de los derechos humanos, respetando la diversidad de la que todos formamos parte en un contexto internacional de creciente desigualdad.

Luego de la Segunda Guerra Mundial y con la creación de las Naciones Unidas, se consolida este concepto como correlato de los hechos acaecidos en esos años y será en 1948, cuando se establecerán por primera en la historia de la humanidad los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales básicos que todos los seres humanos deben gozar, de ahí la universalidad, indivisibilidad e interdependencia del concepto de Derechos Humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, religión, lengua o cualquier otra condición.

Estas características son transversales a todos los instrumentos de derechos humanos, de ahí su carácter supranacional en las leyes internas de casi todos los países miembros de las Naciones Unidas. Esta transversalización, define estándares de justicia universales en las condiciones de vida de todos los seres humanos, al estar contemplados en diversos Tratados Internacionales, en el Derecho Internacional consuetudinario y otras fuentes de Derecho Internacional.

En la Declaración de Naciones sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas se recogen estos conceptos estableciendo que “los pueblos indígenas tienen derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales y revitalizar sus tradiciones y costumbres, a practicar y enseñar sus propios idiomas y sus ceremonias espirituales, como así también proteger sus bienes materiales que la representen”.

Se precisan sus derechos al acceso de tierras, bienes, recursos, cultura, identidad, lengua y el acceso al empelo, la salud, la educación y a determinar libremente su condición política y su desarrollo económico. Enfatiza el derecho de los pueblos indígenas a mantener y fortalecer sus propias instituciones y tradiciones, a perseguir libremente su desarrollo de acuerdo a sus propias necesidades y aspiraciones.

Hablamos de derechos humanos y pertinencia cultural en cuanto a la posibilidad que todas las personas puedan tomar decisiones libres sobre todos los aspectos de su vida, promoviendo el respeto por la historia, cultura, y tradiciones, valorizando la herencia recibida por los antepasados la cual es testimonio de su existencia y de su visión de mundo, de sus formas de vida y de su manera de ser.

Dentro de la implementación del programa, queda clara la indefectible unión de ambos conceptos, tratando de establecer el respeto por los Derechos Humanos dentro del conjunto de bienes materiales e inmateriales; que por su valor propio son relevantes para la permanencia de la identidad y la cultura de un pueblo.

Por tanto, el velar por los derechos básicos e inalienables propios del ser humano debe ser compatible con la cosmovisión maya y la herencia cultural propia de un pueblo con la que vive hoy y se trasmitirá a generaciones futuras.

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